Nuevo Decreto Ley para la emergencia climática

El Consejo Ejecutivo ha aprobado un decreto ley de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables. El texto elimina barreras administrativas para la implantación de energías renovables en Cataluña y soluciona diversos aspectos de la Ley del cambio climático que habían sido declarados inconstitucionales, con el objetivo de seguir avanzando en la mitigación del cambio climático y en la transición energética, y se enmarca en la situación de emergencia climática declarada por el Gobierno el pasado mes de mayo.

El decreto-ley incluye la derogación del Decreto 147/2009, que limitaba la implantación de parques eólicos y fotovoltaicos en Cataluña, y establece un nuevo procedimiento de tramitación más ágil. Así, se abre la implantación de estas dos tecnologías en todo el país, siempre respetando las figuras de protección ambiental, urbanística y paisajística vigentes. De esta manera, desaparecen la determinación de zonas de desarrollo prioritario para la energía eólica y el modelo concursal para su adjudicación, y también se eliminan las ocupaciones máximas para las instalaciones fotovoltaicas, así como las restricciones para a su ubicación en zonas contiguas a terrenos industriales o edificaciones agrícolas o ganaderas. De este modo, se abre el territorio a ser copartícipe de la aportación renovable al sistema energético todo aligerando el peso de otras zonas que históricamente han acumulado la generación.

Además, se implementa un nuevo modelo de tramitación proyecto a proyecto, que permitirá reducir hasta los 13 meses el procedimiento de autorización de una instalación. El nuevo trámite incluye la creación de una ponencia de energías renovables, que servirá para hacer una consulta previa a la tramitación de una instalación para determinar si el emplazamiento proyectado es viable y garantizar que no existan elementos que desaconsejen aquella ubicación. El trámite se llevará a cabo en un procedimiento conjunto que integrará las autorizaciones energética, ambiental, urbanística y paisajística, e incluirá tanto la instalación renovable como la línea de evacuación de energía a la red. Se permitirá tramitar conjuntamente proyectos híbridos que combinen energía eólica y solar fotovoltaica y compartan la línea de evacuación de la electricidad generada.

Del mismo modo, el decreto ley modifica la Ley de urbanismo para facilitar y simplificar la instalación de energías renovables en el ámbito urbano, con la voluntad de favorecer la implantación de sistemas de autoproducción en los edificios y en el espacio público de las ciudades. En este sentido, por ejemplo, las instalaciones fotovoltaicas no contarán a efectos de remonta y estarán sujetas al régimen de comunicación previa. La norma también elimina aspectos que dificultan la implantación de medidas de aislamiento térmico o la mejora de cerramientos de fachadas, entre otros. También se facilita la implantación en suelo no urbanizable, siempre que se cumplan unos criterios ambientales y paisajísticos determinados.

Finalmente, se modifica la Ley del cambio climático con el fin de recuperar algunos artículos anulados por el Tribunal Constitucional, redactados de acuerdo con la sentencia. En concreto, se fija la neutralidad de emisiones de CO2 para el horizonte 2050, la electrificación de los puertos de la Generalitat, la limitación al fracking o la penetración de la movilidad eléctrica en el sector del transporte. Asimismo, se incluyen algunas precisiones a diferentes artículos y se añade la prohibición de utilizar carbón y coque de petróleo en estufas y calderas en nuevas instalaciones, además de un periodo transitorio de cuatro años para sustituirlos por otros combustibles con menos impacto.

Una disposición adicional habilitará la Agencia Catalana del Agua (ACA) para actuar en aquellas partes del territorio catalán que están en la cuenca del Ebro y del Júcar y que dependen de la Confederación Hidrográfica del Ebro para poder actuar, de esta manera, no sólo ante una emergencia, sino también de manera ordinaria y estructural en los cauces y hacer el mantenimiento.

La aprobación de este decreto ley debe facilitar la consecución de los objetivos establecidos tanto en la Ley del cambio climático como en las bases del Pacto Nacional para la Transición Energética. De acuerdo con las primeras estimaciones del Instituto Catalán de Energía (ICAEN), para cumplir estas metas Cataluña necesita disponer de 4.000 MW eólicos y 6.000 MW solares fotovoltaicos instalados en 2030, partiendo de los 1.270 MW eólicos y los 276 MW solares fotovoltaicos que hay en servicio.